sábado, 26 de junio de 2010

Junio 26 día Internacional de las Naciones Unidad en apoyo de las víctimas de la tortura.


Coalición Colombiana Contra la Tortura
En el día internacional en apoyo de las víctimas de la tortura exigimos al Estado el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención y sanción de este crimen

Mañana 26 de junio se celebra el Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura[1]. En esta oportunidad, la Coalición Colombiana contra la Tortura[2] y la Organización Mundial contra la Tortura[3] reiteran su rechazo a la práctica sistemática y generalizada de este crimen registrada en Colombia, y emiten su voz de solidaridad con las personas y comunidades que han sido víctimas de la violación a su integridad personal. Las cuales han sufrido los impactos físicos y psicológicos que se derivan de esta práctica que afectan su entorno familiar y social.

A propósito de esta conmemoración, quisiéramos reiterar nuestra preocupación por la grave situación de tortura que se registra en Colombia. Tal y como lo constató el Comité contra la Tortura, en su examen de noviembre de 2009, “la incidencia de tortura en el Estado Parte sigue siendo alta y corresponde a patrones específicos que indican una aplicación generalizada”. Esta práctica se registra en diferentes escenarios y con diversos propósitos que incluyen la obtención de información y confesión, el sometimiento de la población carcelaria, y la imposición de control social sobre comunidades por parte de los actores armados. Estas prácticas afectan particularmente a grupos en condiciones de vulnerabilidad, como en el caso de las mujeres, quienes son víctimas de violencia sexual y de discriminación por razones de género.

Quisiéramos insistir en la ausencia de investigación y sanción de estos crímenes. Aunque, a noviembre de 2009, la Fiscalía General de la Nación reporta información sobre 6.956 investigaciones penales por el delito de tortura, el 93% (6.470) se encontraban en etapa de investigación preliminar, y sólo el 0,4% (28) en etapa de juicio. Es preocupante que sólo el 0,5% de las investigaciones estén asignadas a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación, y que no se haya creado una unidad especial para investigar estos crímenes. Siga..

miércoles, 19 de mayo de 2010

Comunicado a la comunidad Nacional e Internacional


DENUNCIA PÚBLICA
DURANTE EL FIN DE SEMANA EL INPEC EFECUTÓ TRASLADOS MASIVOS DE PRISIONEROS POLÍTICOS EN LA PENITENCIARIA LA PICOTA

La Campaña “Traspasa Los Muros” DENUNCIA a la Comunidad Nacional e Internacional que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC- usa el traslado como forma de represión y castigo contra los Prisioneros Políticos en Colombia.

HECHOS

1. El viernes 14 de mayo de 2010, en horas de la mañana y en la noche, el cuerpo de guardia y custodia sorprendió a los Prisioneros Políticos recluidos en la Pabellón de Alta Seguridad “A” de la Penitenciaria Nacional “La Picota” ubicada en Bogotá, al ingresar de manera abrupta y dirigirse –entre gritos- a 16 prisioneros para que recogieran sus pertenencias porque serian trasladados; sin que se les ofreciera explicación sobre los motivos de la medida, los 16 prisioneros Políticos fueron traslado a lugares lejanos de la ciudad de Bogotá.

2. El sábado 15 de mayo de 2010, en horas de la mañana, nuevamente el cuerpo de guardia y custodia ingresó sorpresivamente al pabellón en mención y sustrajo a 4 Prisioneros Políticos más, quienes también fueron trasladados sin que se les ofreciera explicación alguna sobre los motivos del traslado.

3. Entre los prisioneros políticos trasladados se encuentra el docente de la Universidad Nacional de Colombia FREDY JULIÁN CORTÉS URQUIJO, quien –como la mayoría de los trasladados- tiene su núcleo familiar en la ciudad de Bogotá, constituyendo este traslado un hecho de ruptura de la cercanía familiar, derecho tutelado por la Corte Constitucional en su sentencia T-844-09.

4. Los prisioneros políticos fueron trasladados a los Establecimientos Penitenciarios de Combita (Boyacá) y Acacias (Meta), donde sus familiares y amigos para poder visitarlos tendrán que sufragar costosas sumas de dinero, someterse a prolongados viajes y a la voluntad caprichosa del INPEC de permitirles o no el ingreso a dichos establecimientos sin tener en cuenta la lejanía y los gastos padecidos por las y los visitantes.


5. En PAS “A” sólo quedaron 9 prisioneros políticos, quienes padecen graves problemas de seguridad, ellos son: el profesor MIGUEL ANGEL BELTRAN VILLEGAS, LEONIDAS CABALLERO CABALLERO, IVAN ANTONIO USUGA GRACIAN, FRANCISCO RIVERA, BERNARDO MOSQUERA, EDISON VERGARA, JORGE ELIECER TRIANA, HERNAN HENAO JARAMILLO y LUBIER ROJAS ARGOTE, quienes tienen a sus respectivos núcleos familiares en la ciudad de Bogotá y varios ostentan la calidad de sindicados, como es el caso del profesor BELTRÁN, y temen ser trasladados y alejados de sus familias.


ALERTAMOS QUE:

Éste procedimiento de traslado masivo fue ejecutado durante fin de semana que incluía un día adicional festivo, con la finalidad de restar capacidad de denuncia y reacción ante dicha arbitrariedad, ya que los organismos de control institucionales en materia de DDHH en Colombia laboran días hábiles y con horario de oficina, impidiendo así denunciar el hecho de manera inmediata.

Este hecho constituye un riesgo para los derechos a la vida y seguridad personal de los prisioneros políticos trasladados, toda vez que pueden ser objeto de agresión por parte de prisioneros vinculados al paramilitarismo recluidos en los sitios donde fueron trasladados, por lo que responsabilizamos al Estado Colombiano de cualquier agresión o violación de derechos que puedan padecer.

Con este procedimiento arbitrario, el INPEC rompió la forma organizativa de los prisioneros políticos recluidos en el PAS “A” de la Picota, violando flagrantemente el derecho de asociación y participación de las personas en condición de reclusión, lo que convierte tal medida en un mecanismo de represión y castigo contra los prisioneros políticos, considerados por el Estado-INPEC como el enemigo interno en las cárceles.

Este traslado masivo transgredió las normas Nacionales e Internacionales de Tratamiento a los Reclusos, toda vez que aleja de sus núcleos familiares a los prisioneros políticos trasladados, omitiendo la sentencia T-844-09 de la Corte Constitucional que establece que los reclusos deben estar en establecimientos de Carcelario y Penitenciario donde se encuentre su núcleo familiar, es decir, en este caso en la ciudad de Bogotá.


EXIGIMOS AL ESTADO COLOMBIANO:

1. El RETORNO INMEDIATO a la Penitenciaria Nacional La Picota de los 20 prisioneros políticos trasladados, o en su defecto, su ubicación en otro sitio de reclusión ubicado en la ciudad de Bogotá donde se encuentran sus familias.

2. Que CESEN los traslados indiscriminados en la Penitenciaria Nacional La Picota y se garantice a los prisioneros políticos MIGUEL ANGEL BELTRAN VILLEGAS, LEONIDAS CABALLERO CABALLERO, IVAN ANTONIO USUGA GRACIAN, FRANCISCO RIVERA, BERNARDO MOSQUERA, EDISON VERGARA, JORGE ELIECER TRIANA, HERNAN HENAO JARAMILLO y LUBIER ROJAS ARGOTE, los derechos a la vida, seguridad personal, cercanía familiar, asociación y participación, manteniendo como lugar de su reclusión la Penitenciaria Nacional La Picota de Bogotá.

3. Que en desarrollo de su función constitucional, el Ministerio Público exhorte al Gobierno Colombiano, a dar cumplimiento a las Recomendaciones proferidas en diferentes oportunidades por la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas, sobre la urgente necesidad de definir una política criminal garantista, diseñada de modo concertado y democrático, que permita enfrentar en forma eficaz el agravamiento de la situación carcelaria del país, que ha favorecido la violación sistemática y persistente de los derechos humanos de las y los reclusos, en el marco de una política que se ha empecinado en dar una respuesta punitiva a los ingentes problemas sociales y políticos que enfrenta la sociedad colombiana.

Solicitamos a la Comunidad Nacional e Internacional, a los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales Defensores de Derechos Humanos, su INTERVENCION y EMITIR SUS PRONUNCIAMIENTO DE RESPALDAO A ESTA DENUNCIA, enviando sus comunicaciones a las siguientes direcciones:

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

ALVARO URIBE VELEZ

Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá

Fax. 5662071

E-mail: Es posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.auribe@presidencia.gov.coEs posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen. Es posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.

Director Programa Presidencial de DDHH y DIH

CARLOS FRANCO.

E-mail: cefranco@presidencia.gov.co.

Asesor: Fernando Ibarra.

Tel.: +57.1.5659797 o 571 5662064

E-mail: fibarra@presidencia.gov.co


MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA

FABIO VALENCIA COSSIO

Telefax: (+571) 4443100

E-mail: reclamos@mij.gov.co, ministro@minjusticia.gov.co

VICEMINISTRA DEL INTERIOR

VIVIANA MANRIQUE ZULUAGA

E-mail: viceinterior@mij.gov.co

Teléfono: (+571) 5601195 - 5603383

Carrera 9 No. 14-10, Piso 8, Bogotá.

Director Nacional del INPEC

CARLOS ALBERTO BARRAGÁN GALINDO

Calle 26 No. 27-48, Bogotá.

PBX (57) 2347474 / 2347262

E- mail: reclamos@inpec.gov.co ; Webmaster@inpec.gov.co

Procurador General de la Nación

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

Carrera 5 #. 15-80, Bogotá.

Fax: (+571) 3429723 - 2847949 Fax: (+571) 3429723

E-mail: cap@procuraduria.gov.co, quejas@procuraduria.gov.co; y webmaster@procuraduria.gov.co


Defensor Nacional del Pueblo

VOLMAR ANTONIO PÉREZ ORTIZ

Calle 55 # 10-32, Bogotá.

Fax: (+571) 640.04.91

E-mail: secretaria_privada@hotmail.com; agenda@agenda.gov.co

Procurador General de la Nación

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

Carrera 5 #. 15-80, Bogotá.

Fax: +57.1.342.97.23; +571.284.79.49. Fax: +57.1.342.97.23;

E-mail: cap@procuraduria.gov.co, quejas@procuraduria.gov.co; y webmaster@procuraduria.gov.co


Bogota, Colombia

Mayo 18 de 2010

La lucha social no es un delito, es un paso hacia la libertad...

Pres@s Poltìc@s a la calle!!!!

martes, 11 de mayo de 2010

Simón Trinidad está aislado, sin medios de comunicación. Tiene prohibido leer y escribir



Comité de Solidaridad con los Presos Políticos

Instan a la Corte Suprema de Justicia a interceder por los derechos humanos de Simón Trinidad

El Comité de Solidaridad con los Presos Políticos ha remitido a la Corte Suprema de Justicia un escrito solicitando que interceda ante las autoridades estadounidenses para verificar las condiciones de reclusión del comandante de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia Simón Trinidad, quien fue extraditado a Estados Unidos y juzgado en condiciones de extrema indefensión, en un proceso que ha sido magistralmente reseñado por el periodista Jorge Enrique Botero en el libro "El hombre de hierro".

Simón Trinidad permanece confinado en total aislamiento, con visitas muy restringidas, y se le prohibe el acceso a medios de comunicación, e incluso leer o tener un reloj. Durante las audiencias (en procesos que se adelantan en Colombia) realizadas a través de teleconferencias, permanece con cadenas en los pies, manos, cintura y con un dispositivo para realizar descargas eléctricas sobre su cuerpo.

Reproducimos a continuación la carta que el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos ha remitido a la Corte Suprema de Justicia:

"Honorables Magistrados.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE COLOMBIA-SALA PENAL
E.S.D.

Ref: VERIFICAR CONDICIONES DE RECLUSION DE JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA

Respetado Magistrados:

FLOR MÚNERA, responsable nacional del área de asistencia carcelaria de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, por medio del presente escrito, respetuosamente me permito expresar la gran preocupación que nos causa la información que hemos conocido sobre la situación jurídica y humanitaria del detenido político extraditado JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA, rebelde conocido como Simón Trinidad.

Por distintos medios, se ha advertido que el JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA fue extraditado a los Estados Unidos en el mes de diciembre de 2005, previo concepto de la Corte Suprema de Justicia en el Proceso No. 22450, dentro del cual se realizó el siguiente condicionamiento:

“7.1. En todo caso, habida cuenta que de acuerdo con las normas punitivas de los Estados Unidos aplicables a los delitos por los que solicitó la extradición allí podrían imponer como sanción hasta cadena perpetua, la cual está prohibida en Colombia (artículo 34 de la Constitución Política), le corresponde al Gobierno Nacional, en caso de que conceda la entrega requerida, condicionar la extradición a la conmutación de la misma, así como imponer las exigencias que considere oportunas para que se observe ese precepto constitucional, y a fin de que PALMERA PINEDA no vaya a ser juzgado por un hecho anterior al que motiva la extradición (artículo 512 del Código de Procedimiento Penal), ni sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

Sea lo primero advertir que la Fundación Comité de Solidaridad con los presos políticos, se opone explícitamente a la extradición de colombianos, por considerar que ello constituye un desconocimiento del principio de autodeterminación de los pueblos y la Soberanía Nacional, máxime cuando hemos percibido que en los últimos años se ha hecho un uso abusivo de esta figura.

Con referencia al caso antes señalado se conoce que si bien JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA no fue condenado a Cadena Perpetua las autoridades norteamericanas le impusieron al detenido político una pena de 60 años de prisión, la cual es superior a la que hubiera obtenido en Colombia por los mismos delitos, teniendo en cuenta la fecha en que éstos se cometieron.

JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA, no ha perdido su condición de ciudadano colombiano, por tanto el Estado se encuentra aún obligado a garantizar y exigir el respeto de sus derechos humanos. En nuestro país, en virtud de los principios de legalidad y debido proceso, nadie puede ser juzgado sino conforme a las leyes pre-existentes y con el respeto de todas las garantías judiciales, así como de las formas propias de cada juicio; en el marco de tales presupuestos, ningún colombiano podría ser penado con condenas mayores a las establecidas en la normatividad nacional.


En el caso concreto de este detenido político, encontramos que fue extraditado para ser juzgado por delitos por los que pudo ser investigado y eventualmente condenado en Colombia, sin embargo, el Estado renunció a su soberanía judicial e hizo entrega de esta facultad a las autoridades norteamericanas, situación que no puede implicar adicionalmente la potestad de que éstas impongan a nuestros ciudadanos condiciones más restrictivas que las que hubiera recibido en este país. Entonces, así como la Constitución prohíbe penas como la cadena perpetua, y en virtud de ello, ningún nacional nuestro podrá ser sometido a la misma; también se proscribe la imposición de penas no previstas en la norma preexistente o superiores a ellas, luego, no resulta ajustado a nuestra carta política el que las autoridades norteamericanas le hayan impuesto al rebelde Simón Trinidad, una condena de 60 años, cuando para la fecha de los hechos por los que fue acusado, la pena máxima ascendía internamente a 40 años.

De otra parte, a través de la información trasmitida sobre los juicios en los Estados Unidos, pudo percibirse la connotación eminentemente política de su juzgamiento, evidenciándose una posición vindicativa por su condición de rebelde, lo que nos hace suponer que su extradición fue requerida y concedida en vulneración de lo preceptuado en la constitución nacional que proscribe la concesión de ésta por delitos políticos.

Sobre este asunto, la FCSPP es consciente del alcance de la posición adoptada por la Corte Constitucional en la Sentencia C-456 de 1997, la cual seguimos considerando, como un abono a la desnaturalización del delito político en Colombia; pero ello no obsta para poder plantear que cuando una persona es objeto de un juzgamiento el que se le recrimina con especial énfasis su condición de rebelde, se puede identificar un trasfondo político que trasgrede el límite constitucional que habla de no permitir la extradición por delitos políticos.

Ahora bien, mayor preocupación nos merece las reiteradas denuncias que a pesar de los impedimentos prácticos se han podido conocer sobre la situación en que se encuentra el detenido político Simón Trinidad en una cárcel norteamericana, donde ha sido confinado en total aislamiento, con restricciones serias del derecho a la visita no solo por el hecho de encontrarse fuera de su país de origen sino por la vigilancia a la que es sometido durante el poco tiempo de contacto con su familia y abogados, además de la prohibición inexplicable de leer, tener un reloj, medios de comunicación, contacto con otros reclusos, entre otras. No podemos dejar pasar por alto, que durante las audiencias (en procesos que se adelantan en Colombia) realizadas a través de teleconferencias, permanece con cadenas en los pies, manos, cintura y con un dispositivo para realizar descargas eléctricas sobre su cuerpo.

Todo ello para concluir, que el detenido político y además ciudadano colombiano JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA, se encuentra sometido a un régimen penitenciario en el que el respeto de los derechos humanos no constituye una prioridad, pues tales condiciones reseñadas, de manera abierta y flagrante atentan contra la Dignidad Humana, la Familia, la intimidad, la información, la defensa, etc, todos ellos derechos fundamentales consagrados no solo en la Constitución y ley nacional, sino en tratados internacionales ratificados por el Estado Colombiano.

Adicionalmente a todo lo anterior, hemos tenido conocimiento que por orientación de las autoridades norteamericanas se ha restringido el carácter público de las audiencias previstas en la etapa de juicio según el código de procedimiento penal (Ley 600), lo cual constituye una limitación inaceptable del debido proceso, además de la independencia de los jueces colombianos, quienes son los que tienen la dirección absoluta de estas diligencias en nuestro país.

Dada la gravedad de esta situación, de manera respetuosa nos permitimos solicitar a la Honorable Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia:

Primero. Adoptar los mecanismos necesarios para verificar las condiciones en que se encuentra el detenido político JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA conocido como Simón Trinidad y establecer si de acuerdo con los preceptos constitucionales y legales previstos en Colombia, se están violentando sus derechos humanos.

Segundo. Adoptar medidas eficaces para que las garantías judiciales y derechos humanos que hasta ahora han sido vulnerados al detenido político conocido como Simón Trinidad, sean restablecidos y respetados de manera ininterrumpida e incondicional.

Cordialmente,

FLOR MÚNERA
Área Nacional de Asistencia Carcelaria FCSPP

Bogotá D.C.
Marzo 10 de 2010."

Con información Comité de Solidaridad con los Presos Políticos

lunes, 10 de mayo de 2010

Relato sobre la tortura en Colombia, la historia de Diomedes Carvajalino





En días pasados, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, otorgó medidas cautelares al preso político Diomedes Meneses Carvajalino, en las que le solicita al gobierno colombiano, se adopten las medidas necesarias con el fin de que se adopte la atención médica adecuada que permita la protección de la vida, y la integridad personal.

Así mismo solicita la Comisión se informe sobre las acciones adoptadas con el fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la medida cautelar y se presente en un término de 20 días, un primer informe sobre la situación que enfrenta Meneses carvajalino.

Diomedes Meneses, fue torturado por miembros del Ejército Colombiano, en el momento de la captura, quedando parapléjico a causa de los vejámenes cometidos por los soldados y en el mes de marzo de 2009 sufrió una pequeña herida en el talón de su pie izquierdo, la cual se encuentra en un alto nivel de infección, lo que ha obligado al médico ortopedista ver la posibilidad de una amputación o raspar el hueso.

Desde el momento de la detención de Diomedes Meneses, la FCSPP viene haciendo las acciones jurídicas y políticas de denuncia y exigibilidad. El último año se realizaron varias exigencias ante el INPEC regional y nacional, obligándonos a interponer una tutela por el derecho a la salud, que fue otorgada pero de igual forma el INPEC continua siendo negligente con la atención dada a este detenido político.

Para nuestra Fundación este es un pequeño logro en el arduo trabajo de exigibilidad y el reconocimiento de la grave situación humanitaria que se vive en el sistema penitenciario Colombiano.

Solicitamos al Gobierno nacional reales garantías para la concertación y seguimiento de la medida, eso incluye facilitar e dialogo entre beneficiario y peticionario.


Comité de Solidaridad con los Presos Políticos

lunes, 26 de abril de 2010

Derechos humanos en la cárcel de Picaleña en Ibagué

Por Nelson Lombana Silva

La criminal burguesía so pretexto de no perder sus intereses acude a los hechos más insólitos y macabros. Construye fortalezas en las condiciones más inhumanas con el propósito de atemorizar y castigar a quien intente luchar por destruir ese imperio de maldad e injusticia social.

La penitenciaría de Picaleña, cárcel de máxima seguridad, orden expresa de los Estados Unidos, nada tiene que ver con el proyecto original de la supuesta resocialización. Todo lo contrario. Aún cuando todavía no está en funcionalidad, se anuncia perversas medidas.

No se respeta el origen de los seres humanos que por una u otra razón se encuentran detenidos. Todos se encuentran literalmente “revueltos”, señala el prestigioso abogado, Rafael Aguja Sanabria.

Se restringe el agua a solo media hora diaria. Hay hacinamiento y las posibilidades de los internos ir al médico, tener acceso a la droga oportunamente, son muy escasas. Muchos tienen que esperar un golpe de suerte. No es posible ofrecer las garantías para el detenido presentar la super vivencia, tampoco para leer. A pesar de la extrema “seguridad” todo se encuentra dentro, quizás por obra y gracia del espíritu santo.

Ingresar a visitar un interno es toda una odisea. Hay que pasar once anillos de seguridad, donde las requisas son minuciosas, hostigantes e incluso, degradantes. “Esa vieja, me tocaba y me tocaba las tetas sin pudor alguno”, dijo una visitante. “A mí me tocó bajarme la sudadera casi hasta las rodillas y estirar el boxer hasta mostrárselo”, dijo por su parte un visitante.

No dejan pasar frutas. La comida la revuelven una y otra vez. Por la falta de una simple cuchara plástica devuelven la visita sin importar que venga de otro departamento. “Si le gusta así, bien; si no, de malas”, es la frase reiterativa. Obligan a los visitantes a hacer largos y escabrosos recorridos sin necesidad alguna. No hay respeto por los presos políticos.

“Eso no es nada, dijo un guardián de aspecto joven, ahora que pasen a este nuevo edificio todo cambiará. Solo entra el visitante. Nada puede traer. Debe permanecer solo una hora y hablará a través de una reja. La visita conyugal será de 45 minutos”. “¿No permitirán el ingreso de comida?”, preguntó un visitante boquiabierto. “No”, dijo el guardián dibujando una sonrisa socarrona.

En menos de un mes se ha presentado dos intoxicaciones masivas. Ayer fue la más reciente. La televisión habla de 350 internos afectados. Pero, en realidad nadie puede decir con certeza la cantidad y la magnitud, pues el hermetismo es casi total y los comunicados oficiales carecen de veracidad, en su inmensa mayoría.

La cárcel es un mundo borrascoso, donde nadie se resocializa porque ese no es el objetivo, el objetivo es atemorizar, amedrentar para que todo siga como está: El rico más rico y el pobre más pobre. Es la dura verdad.

Todo es terrible allí. Pero, resulta más deprimente saber que tales inhumanas medidas no son fruto de la originalidad del colombiano, son las órdenes expresas del tío sam, los Estados Unidos. “Ni siquiera en eso somos originales”, dijo un visitante apesadumbrado. “Qué vamos a ser originales con el presidente Álvaro Uribe, dijo el visitante adentrado en años y de mirada pueril, él no tiene los pulmones en este país, mucho menos el corazón. Todo él, enterito está en ese país imperial”.

Por supuesto, en la cárcel de Picaleña de la ciudad de Ibagué, Tolima, se violan constantemente los derechos humanos, la dignidad de las personas. Incluyendo, los que están allí siendo inocentes o llevan tanto tiempo sin ser sentenciados o definida su situación jurídica.

Sin embargo, hay presos políticos que dicen sin ambages: “Aprisionarán el cuerpo pero no las ideas de libertad y justicia social para todos. Si no somos nosotros, serán otros los que se harán a la lucha revolucionaria. Los procesos siguen su curso y algún día será mañana”.

Mientras esto sucede, el grito taciturno que brota de esas paredes húmedas, grises y nauseabundas son: Solidaridad. Conciencia de clase. Denuncia. Unidad. Resistencia popular. No todos son tan malos como dicen los medios de la burguesía. Claro, hay de todo.

Ibagué, abril 26 de 2010

Aclarado crimen de militante de la Juventud Comunista


En la audiencia de versión Libre de los paramilitares CARLOS FERNANDO MATEUS alias PAQUITA y EVERALDO BOLAÑOS GALINDO quienes sembraron el terror en la zona de El Caguán, Los Andaquíes y Florencia en el Caquetá, audiencia celebrada en el marco del proceso de “Justicia y Paz” los días 14, 15 y 16 de Abril en curso en Bogotá, se obtuvo la confesión de dos crímenes de militantes comunistas, entre ellos el del dirigente de la Juco JOHN JAIRO BERMÚDEZ MARÍN desparecido en la población de Curillo – Caquetá- el seis de Octubre de 2002 donde realizaba trabajo político, y de quien no se tenía noticia alguna.

Mateus Moralez y Bolaños Galindo confesaron el asesinato del joven comunista, sólo que no dieron razón del sitio donde fue arrojado su cadáver, por lo cual el estatus de la víctima sigue siendo el de desaparecido. También aceptaron “por cadena de mando”, el asesinato de los militantes comunistas LUIS ANTONIO OMER y N. QUIROZ comerciante de carne en El Paujil. Por estos dos hechos esperan condena en un juzgado especializado de Popayán donde se adelanta el juicio. Según los postulados a Justicia y Paz, el autor material de los crímenes fue el paramilitar Martín Alonso Hoyos alias Brayan. Lamentablemente, las condenas que se profieran por estos casos, sean cuales sean, quedarán subsumidas en el tope de ocho años que contempla lay 975 para los paramilitares que se sometan a ella.

A su vez, el señor Fiscal informó en la audiencia para conocimiento del representante del Partido Comunista en la sala de víctimas, que por crímenes del paramilitarismo en el Caquetá hay 3 condenas por cuatro homicidios, que cobijan a RADHOMIR RAMIREZ TRUJILLO a. TRIBILÍN.

La audiencia fue presidida por el Fiscal 25 Delegado ante el Tribunal de Justicia y Paz Dr. Juan Carlos López Goyeneche, quien hizo a los postulados las preguntas presentadas por el abogado LUIS CARLOS DOMÍNGUEZ PRADA, apoderado del Partido Comunista Colombiano en el proceso, colectivo victimizado por la estrategia paramilitar del Estado.

miércoles, 7 de abril de 2010

Vea las condiciones de insalubridad y hacinamiento en las que viven los presos en Colombia




PRIMER VIDEO: Vea las condiciones de insalubridad y hacinamiento en las que viven los presos en Colombia: estas condiciones les generan enfermedades y muerte. Cárcel de la Picota



Vea cómo el Estado colombiano aplica la tortura: priva de asistencia médica a enfermos terminales, y deja la gangrena comer las heridas de los presos, quiénes viven en unas condiciones de insalubridad dramáticas